Política

Paridad de género en las iglesias: detalles de la reunión entre ACIERA y el secretario de Culto

La reciente resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) respecto a que las sociedades, asociaciones civiles y fundaciones deberán tener la misma cantidad de miembros femeninos que masculinos despertó una serie de críticas por parte de las confesiones religiosas, entre ellas, las iglesias cristianas evangélicas.

El Secretario de Culto de la Nación, Guillermo Oliveri, mantuvo este viernes una comunicación con autoridades de la Alianza Cristiana de Iglesias Evangélicas de la República Argentina (ACIERA) que había mostrado su preocupación por el tema ya que lo considera «una intromisión indebida en la organización de las iglesias”.

Según ACIERA, Olivieri se mostró «sorprendido» por la resolución de la IGJ  y «expresó su total adhesión a los fundamentos vertidos por la Alianza, comprometiéndose a dar solución inmediata a esta situación en los próximos días, junto al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, del cual depende la IGJ, más allá de encontrarse suspendida de manera temporal por 60 días su aplicación».

Las autoridades de la Alianza que nuclea a más de 15 mil iglesias en la país advirtieron que la Resolución General 34/2020 dictada el pasado 5 de agosto por la IGJ  «genera una clara lesión a los derechos de libertad religiosa y de libre asociación reconocidos en la Constitución Nacional y pactos internacionales que los garantizan». Además sostuvieron que «definitivamente no ha tenido en cuenta la dimensión religiosa de las asociaciones civiles que ven vulnerada su autonomía como confesiones religiosas, con una clara intromisión estatal en su forma de gobierno y organización, de manera discrecional y excediendo su rol de control que debe proteger el respeto a la libertad de pensamiento, conciencia y religión».

Finalmente en el encuentro se puso sobre la mesa el tratamiento de la Ley de Personería Religiosa que según ACIERA «debe ser efectuada de manera urgente, a los fines de reglamentar el art. 148 inc. e del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que las iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas, tienen personería jurídica de derecho privado diferente a las asociaciones civiles, fundaciones y simples asociaciones que hasta ahora han sido el tipo jurídico para garantizar el pleno goce de sus derechos civiles». 

Un comentario

  1. Respetar todo lo creado por Dios sea varón o sea mujer; no trans que cambia su rol por lo permitido por la ciencia; esto es manipulación de los transgresores que quieren ser una forma o un modelo por su estado mental anormal …….

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